CIUDAD DE MÉXICO (EA) — La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) concluyó que las ministras Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz vulneraron el principio de equidad en la contienda durante el inicio de sus campañas como aspirantes a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Sin embargo, no se impusieron sanciones cautelares debido a que el contenido denunciado ya había sido retirado de las plataformas digitales.
En ambos casos, el órgano electoral consideró que hubo promoción indebida mediante el uso de recursos institucionales o eventos sin neutralidad, aunque también reconoció que los materiales señalados ya no estaban disponibles en redes sociales al momento de la revisión.
Caso Esquivel: evento y difusión en TikTok
Yasmín Esquivel Mossa fue señalada por su participación en el foro Diálogos por la transformación de la justicia en México, llevado a cabo el 30 de marzo en el Tecnológico de Estudios Superiores de Ecatepec. En el evento, se le acusó de aprovechar instalaciones de la SCJN y equipo de grabación institucional para proyectar su imagen como candidata, además de presuntamente incluir propaganda impresa no regulada y la presencia de menores de edad en su difusión en la red social X.
El contenido también fue compartido a través de su cuenta de TikTok. La comisión —integrada por las consejeras Claudia Zavala, Rita Bell López y el consejero Arturo Castillo— determinó procedente ordenar el retiro de dicha publicación por incumplir con las normas de equidad electoral. No obstante, la medida fue declarada improcedente debido a que el video ya había sido eliminado, por lo que se trató de un acto consumado.
En cuanto al material publicado en X, presuntamente grabado dentro de la SCJN, también se consideró improcedente emitir medidas cautelares por no estar disponible al momento del análisis.
Caso Ortiz: foro sindical y servidores públicos en video
En paralelo, la ministra Loretta Ortiz fue denunciada por presunto uso de recursos públicos y privados para su promoción durante un evento organizado por el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME), al que también asistieron aspirantes a cargos en el Poder Judicial, como Ricardo Laguna y Jéssica Velázquez. El acto fue respaldado por la cooperativa Cruz Azul y su difusión ocurrió en redes sociales del SME y en la cuenta de la propia Ortiz.
La comisión determinó que el evento sindical no cumplió con las condiciones de equidad establecidas para los foros políticos. Por ello, se resolvió ordenar el retiro de las publicaciones relacionadas para evitar un posicionamiento inequitativo de las personas candidatas.
“De continuar su difusión, existe un riesgo real, fundado e inminente de que se genere una ventaja indebida que afecte el principio de equidad en el proceso electoral extraordinario”, advirtió la comisión.
Sin embargo, en otros aspectos del caso Ortiz, la autoridad electoral no encontró elementos suficientes para emitir medidas cautelares. Uno de los videos mostraba a personas que, según la denuncia, trabajan como servidoras públicas adscritas a la ponencia de la ministra. Aunque Ortiz reconoció el vínculo laboral, no se acreditó que fueran identificadas como tales en el contenido difundido, ni que existiera un acceso directo al mismo, lo que impidió dictar alguna medida.
Publicaciones privadas, fuera del alcance inmediato
Respecto a otra publicación en TikTok —donde presuntamente se promueve un evento financiado con recursos privados— la comisión resolvió que el caso debe ser analizado a fondo por la autoridad jurisdiccional, por lo que tampoco se ordenó su eliminación.
En ambos casos, los consejeros coincidieron en que no procedía la aplicación de medidas cautelares en su modalidad de “tutela preventiva”, al tratarse de hechos futuros de realización incierta.
INE no determina violaciones a la ley electoral, recuerdan
El equipo de campaña de la ministra Yasmín Esquivel señaló que la comisión del INE solo resolvió sobre la improcedencia de las medidas cautelares solicitadas, sin determinar si hubo o no una violación legal.
“El INE no tiene la atribución de determinar si existe o no una violación a la ley electoral”, puntualizó el equipo, al añadir que esa facultad recae exclusivamente en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, una vez concluida la investigación correspondiente.
Con información de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE.