La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) eliminó 22 disposiciones de la “Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional” emitidas por la Secretaría de Energía (Sener), a cargo de Rocío Nahle, que limitaba a productores privados de energías renovables y favorecía a la Comisión Federal de Electricidad (CFE), por violar el marco Constitucional en materia de libre competencia, sustentabilidad, operación de la industria eléctrica y transición a energías limpias.
Con cuatro votos a favor contra uno de la Ministra Yasmín Esquivel, el Órgano jurisdiccional echó abajo el instrumento publicado el 15 de mayo de 2020, y declaró fundados los argumentos de la Comisión Federal de Competencia (Cofece), que interpuso esta controversia.
“El Acuerdo por el que se emite la Política de Confiabilidad del Sistema Eléctrico Nacional obstaculiza el cumplimiento de las finalidades constitucionales que se encomendaron a Cofece, toda vez que anula presupuestos que deben darse para que exista competencia económica y libre concurrencia en el mercado de generación y suministro de energía eléctrica”, refiere el fallo ministro ponente Luis María Aguilar.
Entre lo anulado por la Segunda Sala de la Corte está la disposición para que el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) desplazara en cualquier momento las centrales eléctricas que estuvieran “fuera de mérito” en el despacho eléctrico, lo que afectaba la libre competencia al poner barreras a generación que puede ser más barata y eficiente.
El pasado lunes, el presidente Andrés Manuel López Obrador envió al Congreso una iniciativa de reforma, con carácter preferente, a la Ley de la Industria Eléctrica, la cual retoma todas las disposiciones de la Sener que fueron anuladas ayer por el Alto Tribunal, por lo que, de ser aprobada, requerirá litigios adicionales de las empresas afectadas y de la propia Cofece.
La Corte aclaró que si bien la Sener es la autoridad facultada para emitir las políticas del Sistema Eléctrico Nacional, estas deben ajustarse al marco constitucional y legal vigente, que deriva de la reforma energética de 2014.