OPINIÓN

Tortura y asesinato policíaco, crimen de lesa humanidad, que no prescribe legalmente en Oaxaca y en México

Por Alfredo Martínez de Aguilar

  • Lamentablemente, las torturas, tratos crueles, inhumanos o degradantes, son una maldición en Oaxaca y en todo México, a pesar del derecho humano de protección de la integridad personal.
  • Ahí está el homicidio de José Antonio Sánchez López golpeado por la Policía Estatal tras su detención en la Operación Pescador, en la Central de Abasto, y la Recomendación 08/2025 de la DDHPO.

Más allá de detonar el crecimiento y desarrollo económico del mundo libre la globalización neoliberal tiene en la defensa y protección de los derechos humanos su mayor fortaleza y ventaja.

La defensa de los derechos humanos en México ha sido un proceso gradual, con la influencia de figuras históricas, la evolución constitucional y, sobre todo, la participación de la sociedad civil.

La reforma constitucional del 11 de junio de 2011 incorporó en México el derecho internacional de los derechos humanos a nivel constitucional. La CNDH, fue elevada a rango constitucional en 1992,

Los cinco derechos humanos fundamentales para la dignidad y el bienestar de toda persona, son el derecho a la vida, a la libertad, a la integridad, a la igualdad ante la ley y a la libertad de expresión.

Lamentablemente, la integridad personal que protege a las personas de torturas, tratos crueles, inhumanos o degradantes, y de esclavitud, son una maldición en Oaxaca y en todo México.

Ahí está el homicidio de José Antonio Sánchez López golpeado salvajemente por la Policía Estatal después de su detención el 16 de mayo durante la Operación Pescador, en la Central de Abasto.

El resultado de la Necropsia, realizada por el Servicio Médico Forense de la Fiscalía General del Estado, es prueba plena de homicidio en la Operación Pescador, el 16 y 17 de mayo, en la Central de Abasto.

La perito médico legista del Instituto de Servicios Periciales del Servicio Médico Forense de la Fiscalía, Dra. Mariel Ivonne Crisanto Contreras, determinó la causa de la muerte de José Antonio Sánchez López:

El Certificado de Defunción número 230674180, del 22 de mayo, revela “HEMORRAGIA SUBARACNOIDEA SECUNDARIA A TRAUMATISMO CRANEOENCEFÁLICO SEVERO MÁS TRAUMA CERRADO DE TÓRAX”.

Organizaciones de la sociedad civil y legisladores federales han hecho suya la demanda de ¡JUSTICIA! del Movimiento Social Ciudadano Unidos X Oaxaca y X México #UNO, y Apoyo a Mujeres Contra la Violencia.

Al clamor de JUSTICIA se suman medios de comunicación, locales y nacionales, quienes demandan la intervención de la CNDH, así como de organismos internacionales defensores de los derechos humanos.

La probable responsabilidad penal inicial que involucra a Policías Estatales se hace extensiva a los jefes y elementos de las diversas corporaciones policíacas y militares participantes en la Operación Pescador.

Al mismo tiempo, el probable homicidio de José Antonio Vásquez López involucra directamente por omisión y negligencia o por dolo al Dr. Alejandro Antonio Romero García, Cédula Profesional 3155073.

El asesinato y tortura, esclavitud, violación, persecución, desaparición forzada y apartheid, son actos graves, tipificados por el derecho internacional, crímenes de lesa humanidad, que no prescriben.

La Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca emitió la Recomendación 08/2025 por violaciones graves a los derechos humanos, a la integridad y seguridad personal y tortura.

El caso tiene su origen en una queja presentada por la víctima, quien denunció haber sido detenida con violencia extrema el 27 de enero de 2015 y, luego el 16 de febrero, por elementos de la AEI.

La Defensoría, última línea de defensa contra abusos policíacos concluyó que existieron elementos suficientes para acreditar el uso de métodos de abuso físico y psicológico que constituyen tortura.

Se apoyó en entrevistas, informes oficiales, certificados médicos, valoraciones psicológicas, así como la emisión de un Dictamen Médico-Psicológico elaborado conforme al Protocolo de Estambul.

El organismo autónomo manifiesta que examinados los hechos y evidencias de los expedientes de queja presentadas por la víctima, se acreditaron diversas violaciones graves a los derechos humanos

La Ombudsperson recomendó a la Fiscalía General del Estado, a través de su Recomendación 08/2025 proceder con la reparación integral del daño, incluyendo compensación justa a la víctima.

Emitirán el dictamen correspondiente la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca en coordinación con la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención Integral a Víctimas del Estado.

De igual forma, recomienda realizar un acto de reconocimiento de responsabilidad y disculpa pública en favor del agraviado, y que se le inscriba en el registro Nacional y Estatal de Víctimas.

Esta última acción permitirá que quien interpuso la queja ante la DDHPO acceda a la ayuda y apoyos establecidos en la Ley General de Víctimas, así como en la Ley de Víctimas del Estado de Oaxaca.

También requiere a la Fiscalía General, inicie carpeta de investigación por el delito de tortura en la Unidad Especial de Tortura, adscrita a la Vicefiscalía General de Atención a Víctimas y a la Sociedad.

Además de iniciar paralelamente el procedimiento administrativo de responsabilidad en contra del personal adscrito a la AEI quienes incurrieron en malas prácticas durante la detención de la víctima.

De esta manera, la Defensoría reafirma su compromiso con la justicia, la legalidad y la dignidad humana, y continuará vigilante para que hechos como estos no queden impunes ni se repitan.

alfredo_daguilar@hotmail.com                                                                                 

director@revista-mujeres.com                                                                                   

@efektoaguila

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