Ciudad de Oaxaca. – Este domingo, en sesión pública la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó el registro de María del Carmen Ricardez Vela como candidata propietaria a la senaduría por la fórmula 1 en Estado de Oaxaca, postulada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI).
De acuerdo con un comunicado difundido en la página institucional, los magistrados integrantes del órgano jurisdiccional determinaron revocar el registro realizado por el PRI toda vez que no fue posible tener por acreditada la adscripción indígena calificada de Ricardez Vela.
Del texto se desprende que, el fallo se emitió en el marco de la resolución recaída en 50 juicios de la ciudadanía promovidos por el Presidente del Consejo Nacional Mexicano de Pueblos Originarios y Comunidades Indígenas A.C. y otros ciudadanos, en contra de los acuerdos INE/CG232/2024 y INE/CG233/2024 emitidos por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE).
Respecto de la entidad oaxaqueña, el cuerpo colegiado determinó confirmar los registros de las candidaturas a senadurías de las fórmulas 1 y 2, postuladas por los partidos políticos Acción Nacional (PAN); de la Revolución Democrática (PRD); y Verde Ecologista de México (PVEM), individualmente. Así como, las candidaturas que integran la fórmula 2 registradas por el PRI en la persona de Adolfo Romero Lainas, como propietario.
Sobre la fórmula 1 nominada por el PRI, los togados confirmaron, únicamente, el registro de la candidatura suplente a la senaduría ya que, “con independencia de que quien emitió su constancia de adscripción negara el documento, lo cierto es que, de la documentación presentada ante este Tribunal y la entrevista hecha a la autoridad durante el procedimiento de verificación, se acreditó su adscripción indígena calificada”.
Anuncia PRI que recurría el fallo
Al respecto, el Comité Directivo Estatal del PRI en Oaxaca informó a través de un comunicado que, el asunto esta siendo analizado por la Comisión Nacional de Procesos Internos, “y hasta en tanto no se reciba la notificación, nuestra candidata seguirá realizando actividades proselitistas, dejando a salvo el derecho para recurrir dicha determinación ante las instancias correspondientes”.