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Con complicidad del Juez XI de Distrito, Samuel René Cruz Torres, incumple el Congreso de la Unión construir la Ley de Consulta Previa Libre e Informada a los Pueblos Indígenas

Por Alfredo Martínez de Aguilar

  • Lo peor de todo es que seguirá la negación de justicia a los pueblos indígenas y afromexicanos con el arribo a la Corte de Hugo Aguilar, ejecutor del despojo de tierras indígenas para los megaproyectos del expresidente López Obrador.
  • Indígenas yoremes de la Nación Yaqui rechazan a Hugo Aguilar Ortiz como presidente de la Corte, porque es “el indígena más corrupto”. “No queremos a ese indígena, el más corrupto que se pueda conocer en todo México”, denunciaron.

A más de 24 años de la reforma constitucional indígena y 14 años de la de derechos humanos, el Juez XI de Distrito, Samuel René Cruz Torres, continúa negando justicia a los pueblos indígenas y afromexicanos.

A cuatro años de distancia de que se concedió el amparo en revisión 1144/2019, el Estado mexicano sigue sin expedir la ley que garantice el derecho de consulta previa, libre e informada a los pueblos indígenas y afromexicanos.

Desde el fallo, Litigio Estratégico Indígena ha insistido de forma constante en la ejecución de la sentencia. Sin embargo, el Congreso ha evadido su responsabilidad, amparándose en formalismos y sin mostrar avances reales hacia la creación de la ley ordenada por la Corte.

Lo peor de todo es que seguirá la negación de justicia a los pueblos indígenas y afromexicanos con el arribo a la Corte de Hugo Aguilar, ejecutor del despojo de tierras indígenas para los megaproyectos del expresidente López Obrador.

Indígenas yoremes de la Nación Yaqui rechazan a Hugo Aguilar como presidente de la Corte, porque es “el indígena más corrupto”. “No queremos a ese indígena, el más corrupto que se pueda conocer en todo México”, denunciaron.

El repudio hacia la asunción de Hugo Aguilar como presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), programada para septiembre, tiene origen en su papel como operador principal del Plan de Justicia del Pueblo Yaqui, lanzado por el expresidente Andrés Manuel López Obrador en 2021.

El plan prometía restitución de tierras, créditos para vivienda y mejoras en salud y educación. No obstante, la intervención del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI) —y en especial de Aguilar y su titular, Adelfo Regino— resultó, según los denunciantes, en una imposición política alejada de los verdaderos intereses de la tribu.

La creación de esta ley de consulta previa, libre e informada, no solo es una obligación legal impuesta por la Corte: es un acto de justicia largamente postergado a los pueblos que han sido históricamente ignorados por el Estado mexicano, afirma el Dr. Carlos Morales.

Ayer se cumplieron cuatro años sin que se haya cumplido la sentencia de amparo del 10 de junio de 2021, que ordena construir la Ley de Consulta Previa Libre e Informada, señaló el presidente de Litigio Estratégico, A.C.

Esta inacción ha sido permitida por el Juzgado Décimo Primero de Distrito en el Estado de Oaxaca, cuyo titular Samuel René Cruz Torres ha evitado exigir el cumplimiento estricto de la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

“Lejos de hacer valer el mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Juez Décimo Primero de Distrito en el Estado de Oaxaca ha aceptado como válidas las excusas del Congreso, manteniéndolo en un estado ficticio de “vías de cumplimiento”.

En dicha sentencia, la Corte ordenó al Congreso de la Unión expedir una Ley de Consulta Previa, Libre e Informada, con el objetivo de garantizar que los pueblos indígenas sean escuchados de manera auténtica en las decisiones que los afectan.

Esta resolución está estrechamente vinculada con la reforma constitucional del 10 de junio de 2011, que significó un parteaguas en la incorporación plena de los derechos humanos en el marco jurídico mexicano.

En aquella ocasión, el máximo tribunal del país reconoció que había llegado el momento de saldar una deuda histórica con los pueblos originarios, e instó al Congreso de la Unión a legislar específicamente sobre los mecanismos, procedimientos, actores y requisitos de la consulta previa.

alfredo_daguilar@hotmail.com                                                                                     

director@revista-mujeres.com                                                                                   

@efektoaguila

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